15-12-2014

Este mes se deben declarar las deducciones para pagar menos Ganancias

Fuente: Cronista.com

Los empleados en relación de dependencia tienen este mes para presentar el formulario con las deducciones para pagar menos Impuesto a las Ganancias por el período fiscal 2014.
Esta obligación, según la empresa, todavía puede asumir dos modalidades, el Formulario 572 en papel o el servicio de Internet llamado Siradig, con el que se genera el F. 572 web.

El Siradig le permite al trabajador informar por Internet datos de los conceptos que pretenda deducir en el régimen de retención del Impuesto a las Ganancias, las percepciones que le hayan practicado por gastos con tarjeta en el exterior, así como también informar otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo, recordó CP Consultoría.

Los empleados deben presentar el Siradig por Internet, directamente en la página de la AFIP, en lugar de entregar el formulario en papel a su empleador, cuando:

- La remuneración bruta correspondiente al año calendario inmediato anterior al que se declara sea igual o superior a $ 250.000.

En caso de pluriempleo, el trabajador deberá considerar la suma total de las remuneraciones brutas correspondientes a sus distintos empleos.

- Computen como pago a cuenta del gravamen percepciones por gastos con tarjeta en el exterior.

- El empleador así lo determine por razones administrativas.

El trabajador tendrá tiempo hasta el 31 de enero del año siguiente al que se declara para entregar el Formulario 572 o ingresar al Siradig los datos correspondientes a los conceptos que correspondan ser tenidos en cuenta para su liquidación del Impuesto a las Ganancias.

Para ella, el empleador deberá entregar a su vez al trabajador el Formulario 649 en febrero.

Se podrá computar como pago a cuenta de Ganancias la percepción de 35% sufrida por:

- Compras y/o adelantos en efectivo efectuados en el exterior mediante la utilización de tarjetas de crédito, débito y/o compra, incluidas las efectuadas por Internet en moneda extranjera.

- Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viaje y turismo –mayoristas y/o minoristas– del país.

- Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país.

- Adquisición de moneda extranjera (billetes o cheques de viajero) para gastos de turismo y viajes, y transferencias al exterior por turismo y viajes, sujetas a validación fiscal.

También se podrá computar como pago a cuenta del impuesto la percepción 20% por la adquisición de dólares con destino a ahorro.

Otros datos que se deben informar en el Siradig o en el formulario papel son los que siguen:

- Datos personales

- Datos del empleador

- Cargas de familia: $ 17.280 por cónyuge; $ 8.640 por cada hijo menor de 24 años o incapacitado para el trabajo; $ 6.480 por cada ascendiente directo (padres abuelos, padrastros, suegros), cada descendiente directo (nietos, bisnietos) y cada hermano, yerno o nuera. En el caso de los descendientes y hermanos, siempre que sean menores de 24 años o estén incapacitados para el trabajo.

Los familiares deberán haber residido en el país en el año calendario por más de 6 meses continuos o discontinuo, y no tener ingresos mensuales superiores a $ 1.296.

También se podrá deducir la cobertura asistencial por padres, abuelo u otro familiar hasta el 5% de la ganancia neta anual acumulada.

- Importe de las ganancias liquidadas en el transcurso del período fiscal por otros empleadores. (Sólo en el Siradig.)

- Cuota médico asistencial hasta 5% de la ganancia neta acumulada.

- Primas de seguro de vida y de sepelio hasta $ 996,23 anuales. Pueden tomarse los seguros de vida que se descuentan en las tarjetas de crédito, préstamos personales y créditos hipotecarios.

- Donaciones hasta 5% de la ganancia neta anual acumulada.

- Intereses por préstamo hipotecario: 100% para la vivienda única tomados a partir del 1 de enero de 2001 y hasta $ 1.666,67 por mes.

- Gastos de sepelio.

- Gastos médicos: el 40% de los honorarios pagados por la prestación de servicios de asistencia médica y paramédica, de hospitalización en clínicas y sanatorios, prestaciones accesorias a la hospitalización, servicios prestados por médicos y demás servicios relacionados con la asistencia de la salud, hasta 5% de la ganancia neta anual acumulada. Por ejemplo, el de psicólogo no cubierto por la obra social.

- Deducción del personal de casas particulares hasta $ 15.552 anuales.

- Aportes y reintegro de aportes de socios protectores de Sociedades de Garantía Reciproca. Sin tope.

- Vehículos y gastos de Movilidad, Viáticos y Representación e Intereses de Corredores y Viajantes de Comercio.

- Impuesto a los débitos y créditos bancarios: hasta un 34% de lo que se pagó se toma como pago a cuenta.

Y se encuentran exentos del pago del impuesto las asignaciones familiares, y la ropa y herramientas de trabajo.

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